Introducción.
Antes de comenzar con el estudio de las cuentas que utiliza la contabilidad para la información económica, vamos a ver dos conceptos muy importantes: los hechos contables, su definición y clases (al analizar las variaciones del neto patrimonial ya vimos un "hecho contable") y el Método contable.
Los hechos contables.
Se denominan hechos contables a los actos o transacciones que teniendo consecuencias de contenido económico, afectan al patrimonio de la unidad económica de forma directa y concreta. Sin embargo, conviene precisar que no todos los hechos económicos que realiza la empresa afectan a su patrimonio, por lo que no son captados por la contabilidad.
En una primera clasificación de los hechos contables podemos diferenciar:
1º Hechos contables simples: son aquellos acontecimientos en los que sólo intervienen dos elementos patrimoniales.
2º Hechos contables compuestos: se caracterizan porque en ellos intervienen más de dos elementos patrimoniales.
En una segunda clasificación, podemos hablar de:
1º Hechos contables expansivos: son aquellos que hacen mayor la estructura económica y financiera de la empresa, es decir, si después de producirse el hecho aumenta el activo (estructura económica) y simultáneamente el pasivo exigible o el neto (estructura financiera).
2º Hechos contables reductivos: son aquellos que hacen menor la estructura económica y financiera de la empresa.
3º Hechos contables neutros: son aquellos que dejan invariante la estructura económica y financiera de la empresa.
En una tercera clasificación, podemos hablar de:
1º Hechos contables modificativos: son aquellos que alteran la cuantía del neto y de paso su composición.
2º Hechos contables permutativos: son los que afectan a la composición del patrimonio, pero sin variar el neto patrimonial.
El Método contable.
El método contable es el método específico de la contabilidad y consiste en una serie de premisas que permiten someter a observación la realidad económica, expresar en un lenguaje convenido los aspectos cuantitativos y cualitativos de dicha observación conforme a unas reglas que garantizan la objetividad y, finalmente, procesar la información siguiendo unos criterios que permitan obtener estados de síntesis.
Pueden concretarse en los siguientes aspectos:
1º Principio de dualidad: en virtud del cual en cada hecho contable hay al menos dos partes o aspectos contrapuestos que varían en igual cuantía.
2º Reglas de valoración: conjunto de reglas que permiten valorar los hechos económicos con un cierto grado de objetividad.
3º Formas de representación: constituyen el lenguaje para registrar contablemente los sucesos económicos.
4º Agregación: es el conjunto de normas que permiten el procesamiento de los datos con fines informativos, con el fin de obtener unos estados de síntesis.
La cuenta.
La cuenta es un instrumento de representación y medida de un elemento del patrimonio o de los resultados, que capta la situación inicial de éste y las variaciones que posteriormente se vayan produciendo en el mismo. Así, cada cuenta ofrece una visión del elemento que representa, con independencia de los demás elementos que componen el patrimonio o el resultado empresarial.
De esta forma, hablamos de la cuenta Banco c/c, que recogerá las alteraciones y situación en un momento dado del elemento Banco c/c, o de la cuenta capital, que refleja las modificaciones y situación en un fecha determinada del elemento capital.
La cuenta, gráficamente representada, es un libro abierto y esquemáticamente se representa por una T (t mayúscula), una de las partes se destina a recoger los aumentos de valor y la otra las disminuciones. En el centro de la parte superior se escribe el nombre del elemento al que se refiere. Arriba, también, en la parte izquierda se pone DEBE (D) y en la parte derecha HABER (H).
Figura 1.
Términos técnicos utilizados en las cuentas.
Si D > H D - H = Saldo deudor
Si D < H H - D = Saldo acreedor
Si D = H D - H = Saldo cero o nulo
El libro diario.
En contabilidad no se van realizando balances a medida que se realizan las operaciones, pues esto sería muy complicado por no decir imposible. Para ello se utiliza el Libro Diario, que se destina a recoger día a día todas las operaciones que realiza la empresa, es decir, registra cronológicamente los hechos contables.
Las anotaciones de los hechos contables en el Libro Diario se denominan asientos, las cuales exigen la identificación de los elementos afectados y la coordinación entre las cuentas que intervienen en los mismos. La suma total del Debe ha de ser igual a la suma del Haber. Habitualmente los asientos presentan la forma siguiente:
Figura 2.
A continuación te presentamos un ejemplo de libro diario:
El libro mayor.
El libro mayor es una consecuencia del libro diario. Su función es clasificar los hechos atendiendo a la naturaleza de los elementos que han intervenido, poniendo de manifiesto la situación de cada uno de los elementos por medio de los saldos de las cuentas. Se trata de un libro en el que van anotándose las cuentas representativas de los elementos de la empresa representados esquemáticamente en forma de T mayúscula.
A continuación te presentamos un ejemplo de libro mayor:
Figura 3.
Del Balance y de la Cuenta de resultados nos ocuparemos en el próximo módulo.
Clasificación de las cuentas.
Atendiendo a su funcionamiento o forma de llevarlas, las cuentas pueden clasificarse en:
1º Cuentas administrativas o de simple movimiento: son aquellas que se limitan a registrar en las mismas las variaciones estrictas de los elementos a los que representan, pero sin recoger los beneficios o pérdidas que por motivo de su gestión puedan aparecer. Por tanto, utiliza el mismo criterio de valoración en todos sus movimientos. Constituye el caso más generalizado de funcionamiento de las cuentas.
2º Cuentas especulativas o de funcionamiento mixto: son aquellas que, además de registrar las variaciones del elemento al que se refieren, incorporan resultados en sus movimientos. Así, los aumentos y disminuciones de valor se miden con criterios diferentes, por ejemplo, las entradas a precio de adquisición y las salidas a precio de venta. Estas cuentas necesitan ser regularizadas al final del ejercicio para separar el valor del elemento de lo que representa el beneficio o pérdida, en su caso. El ejemplo más característico de cuenta especulativa lo constituyen las cuentas de existencias, ya sean de mercaderías, materias primas o productos terminados.
Leyes de funcionamiento de las cuentas.
Las leyes de funcionamiento de las cuentas que pueden ser de utilidad por su aplicación práctica son las siguientes:
1º Ley de desglose o disociativa. Toda cuenta puede ser dividida en otras, conservando cada una de ellas las mismas características que la primera. Esta división puede ser:
2º Ley de integración o asociativa. Es la inversa de la anterior; se refiere a la posibilidad de reunir varias cuentas en otra más general o en un número más reducido de ellas.
3º Ley de eliminación. Cuando una misma cuenta ha de ser cargada y abonada en razón al mismo hecho económico, contablemente puede eliminarse la misma, bien total o parcialmente. No obstante, esta ley tiene muchas limitaciones, ya que pueden producirse compensaciones que disminuyen la información.
4º Ley de conexión o coordinación. En un sistema de contabilidad, cualquier cuenta del mismo es coordinable con otra, bien directa o indirectamente.
Correlación de la LISR con reglamento.
El reglamento de la LISR se elaboró con el fin de complementar y/o ampliar las opciones que tiene el contribuyente para que en diferentes casos determinar que hacer o que le permite la autoridad hacer. En el caso de la sección III que tiene la LISR respecto al "costo de lo vendido" y en el Reglamento no existe., se complementará el procedimiento con Reglas de Miscelánea, normas de información financiera C-4, código fiscal de la federación, disposiciones transitorias.etc.
Cuando llevaste a cabo el análisis de la estructura de la Ley del Impuesto sobre la Renta., identificaste similitudes y diferencias con el Reglamento del I.S.R, es conveniente que en este sentido analices en un cuadro comparativo lo más relevante para que se entienda el por qué de correlacionar no solamente con el reglamento sino también con el código fiscal de la federación, reglas miscelánea y disposiciones transitorias y otras leyes como son Impuesto al activo, impuesto al valor agregado, etc.
Asimismo, en el caso práctico que se presenta en este módulo se fundamenta de la misma manera, su resolución.
Figura 4.